En el marco de la Semana Europea de la Prevención de Residuos, estos días podéis…

Novedades: Ordenación del territorio y paisaje: El turismo de costa dulce
Sánchez Ríos, Alonso. Ordenación del territorio y paisaje: el turismo de costa dulce. Madrid: Bellisco, 2011. 204 p. Sign.: 78.2 SAN ord
El Convenio Europeo del Paisaje, aprobado en Florencia el 20 de octubre de 2000 a propuesta del Consejo de Europa, entiende el paisaje como “elemento esencial para el bienestar individual y social, cuya protección, gestión y planeamiento comporta derechos y obligaciones para todos”. Con esta perspectiva, y desde su entrada en vigor el 1 de marzo de 2004, se pretende el reconocimiento jurídico del paisaje como elemento fundamental del entorno y del bienestar de los ciudadanos (…)
“Algunos países de nuestro entorno tienen una larga tradición paisajística, que tiene sus inicios en los años 60, en la incorporación del paisaje a las políticas sobre ordenación territorial, aun contemplando distintos enfoques (…) En España, aunque el término “paisaje” está ampliamente presente en los instrumentos de ordenación territorial y medioambiental, está aún en fase de tener un reconocimiento jurídico para convertirse plenamente en un objeto de derecho (…)
“El paisaje también puede considerarse un recurso en sí mismo, pues de su calidad depende en muchos casos la posibilidad de materializar algunas iniciativas encaminadas al desarrollo sostenible del medio rural. La realidad es que en nuestro entorno existen determinados elementos y aspectos del paisaje, como el agua, que han sido muy apreciados por el hombre a lo largo de la Historia. No sólo han formado parte de su propia forma de vida; también han contribuido al disfrute y a la satisfacción personal y lúdica; pero además, en el caso del agua, se combinan ambas justificaciones: el agua ha sido siempre un elemento indispensable para la vida, ya que sin agua no hay vida; este elemento ha sido tan decisivo en el desarrollo de los pueblos que su presencia ha condicionado el asentamiento de ciudades, cultivos, industrias, etc., y aún en nuestros días es objeto de discusión y análisis. A esto hay que añadir que la presencia de agua en el paisaje, además de proporcionar belleza al mismo, condiciona ciertas actividades económicas, como el turismo, tan necesarias para el desarrollo económico del mundo rural.
“Podemos hablar entonces de que la presencia del agua en el paisaje constituye un recurso paisajístico que debe ser valorado en cualquier idea empresarial en el que intervenga, como sería el caso de un aprovechamiento turístico del mismo.
“Los resultados obtenidos en esta obra aportan, además de una valoración del recurso paisajístico, una serie de criterios encaminados a su correcto aprovechamiento que, desde el punto de vista del territorio, pueden condicionar su ordenación y planificación en el espacio geográfico en el que se encuentra.”
(Texto tomado del Prefacio de la obra)
Disponible en el CDAMA para su consulta y préstamo
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